Prevención del blanqueo de capitales

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Multa de 1 millón de euros al Santander por infringir la ley de prevención de blanqueo

28 de noviembre de 2016 Noticias BLANQUEO DE CAPITALES

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS ha confirmado la sanción impuesta en 2015 por el Consejo de Ministros al Banco de Santander, como sucesor universal de Banesto, por una falta muy grave prevista en la Ley de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, relativa a la falta de documentación justificativa de operaciones de una cuenta bancaria de Vinícola Soto, bodega del grupo Nueva Rumasa.

La presunción general de sospecha sobre las empresas de transferencias de fondos prevista en la Ley 10/2010 es contraria al Derecho de la Unión

El TJUE clarifica el alcance sobre las normas sobre prevención del blanqueo de  capitales sobre las empresas de transferencia de fondos. La Ley española de prevención del blanqueo de capitales es contraria al Derecho de la Unión por establecer una presunción general de sospecha sobre estas empresas.

El interés público justifica la publicación en el BOE de las sanciones impuestas por infringir la ley de prevención del blanqueo de capitales

La Sala Tercera del TS rechaza la petición de Banco Santander de no publicar una multa de un millón de euros en el BOE. Dada la naturaleza de la sanción, el TS declara que hay un evidente interés público en que tales hechos se pongan en conocimiento del mercado, por lo que, el daño irreparable en el prestigio e imagen de la entidad alegado, no resulta suficiente para acordar la medida cautelar solicitada.

Los bancos y cajas podrán acceder a las bases de datos de 'titular real' y de 'personas con responsabilidad pública' del Notariado

El acuerdo entre AEB, CECA y el Consejo del Notariado responde al interés de los bancos de contar con un instrumento que les facilite el cumplimiento de la obligación, establecida por la normativa de prevención del blanqueo de capitales, de conocer al titular real de cuentas bancarias u otras operaciones, así como de identificar, entre sus clientes, a las personas con responsabilidad pública.

Entra en vigor la nueva normativa sobre la obligación de declarar movimientos de dinero en efectivo

En el ámbito de las medidas adoptadas para dificultar las actividades de blanqueo de capitales, se ha tomado conciencia a nivel internacional de la importancia que registran los movimientos de dinero en efectivo. Por ello, en el marco de la decidida lucha que el Gobierno ha emprendido en la prevención del blanqueo de capitales, se ha elaborado la Orden Ministerial EHA/1439/2006 sobre la obligación de declaración de movimientos de efectivo, que ha entrado en vigor.

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